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Residencia pasiva en Andorra

La residencia pasiva sin actividad lucrativa en Andorra ofrece una oportunidad única para quienes deseen vivir en Andorra sin ejercer ninguna actividad profesional. Esta residencia se ha creado para otorgar el derecho a residir de forma efectiva en Andorra, disfrutando al mismo tiempo de la tranquilidad y las ventajas que ofrece el país.

La residencia pasiva ofrece una serie de ventajas, como la posibilidad de disfrutar de la jubilación en Andorra o vivir en Andorra sin necesidad de ejercer ninguna actividad profesional ni cotizar a la Seguridad Social andorrana (CASS).

La residencia pasiva en Andorra está pensada para atraer a profesionales con una gran capacidad económica y que estén dispuestos a realizar una inversión global de 600.000 €, desglosados en: 552.500 € en activos andorranos + 47.500 € -no remunerados- en una cuenta bancaria de la Autoritat Financera Andorrana.

Esto es así en virtud de la publicación, el pasado 22 de diciembre de 2022, de la Ley 42/2022 (en vigor desde el 23 de diciembre de 2022).

Requisitos para solicitar la residencia pasiva en Andorra, en caso de un único solicitante (persona soltera):

1.- Invertir un mínimo de 552.500 € en “activos andorranos”, entendiendo por tales: deuda pública andorrana, inmuebles situados en Andorra, participaciones de fondos de inversión andorranos o Unit Linked (que, como nota diferencial, permiten la gestión discrecional de la cartera).

Si estás interesado en invertir en inmuebles, se debe invertir un mínimo de 400.000 € por unidad inmobiliaria para que compute como inversión en «activos andorranos».

Eso sí, ten en cuenta que si te decidas por la inversión en inmuebles ubicados en Andorra tendrás que considerar el impuesto sobre la inversión extranjera inmobiliaria.

En virtud de dicha Ley, tanto los NO RESIDENTES como los RESIDENTES que lleven viviendo menos de tres años en el país, deberán sufragar un impuesto adicional que, para la primera vivienda, asciende al 3% y para la segunda al 5%.

Si te interesa comprar una casa en Andorra, sea para adquirir la residencia pasiva o como inversor, te recomiendo que eches un vistazo a este post, que está actualizado.

Por lo que respecta a las inversiones financieras ten en cuenta que un fondo de inversión «andorrano» puede invertir en activos financieros variados: SP500, IBEX35, bolsa europea…

En resumidas cuentas, el hecho de que sea «andorrano» no supone que dicho fondo invierta en la economía andorrana sino que el mismo se ha constituido en virtud de las leyes mercantiles de Andorra.

2.- Depositar 47.500 € -no remunerados- en una cuenta bancaria de la Autoritat Financera Andorrana (A.F.A.), si alguna vez marchas del país los recuperas. Dicha cantidad no se puede invertir ni genera rendimiento alguno ni se puede disponer de ellos;

3.- Pagar 2.500 € por la expedición de la tarjeta de residencia, a “fondo perdido”;

4.-  Acreditar disponer de fondos superiores al 300% del salario mínimo anual de Andorra, es decir: 1376,27 € x 12 meses x 300% = 49.545,72 €;

5.- Tener un contrato de alquiler o título de propiedad en Andorra, donde fijar la residencia, con carácter previo a solicitarla;

6.- Comprometerse a vivir al menos 90 días durante el año natural (que va de 1 de enero a 31 de diciembre);

7.- No tener antecedentes penales y poder acreditarlo con el correspondiente certificado debidamente apostillado;

8.- Tener un seguro médico privado que cubra los costes médicos y, en caso de ser menor de 60 años, tener también un plan de pensiones andorrano donde realices aportaciones mensuales;

9.- Si tu estado civil fuera diferente de «soltero», aportar un certificado de matrimonio, debidamente Apostillado;

10.- Inscribirse en el Ayuntamiento correspondiente (Comú).

Estos requisitos cambian en el caso de que se trate de dos solicitantes (un matrimonio) o tres solicitantes (un matrimonio e hijo común).

Requisitos para solicitar la residencia pasiva en Andorra, en caso de un matrimonio, sin hijos a cargo:

Además de lo mencionado en el punto inmediatamente anterior, hay ciertos requisitos que se ven modificados: el depósito aumenta (9.500 € por persona a cargo), la inversión en «activos andorranos» disminuye (en 9.500 € por persona a cargo) y existe una tasa extra a abonar de 500 € por persona a cargo. Entonces, en conclusión:

El depósito mencionado en el punto 2 se incrementa en 9.500 € extra, por cada persona a cargo, para un matrimonio supondrá un total de 57.000 € (47.500 € + 9.500 €).

La buena noticia es que estos 9.500 € “extra” se deducen de la inversión inicial total (552.500 €), por lo que la inversión mencionada deberá ser de: 543.000 € (552.500 € – 9.500 €).

Hay que abonar 500 € extra en concepto de expedición de la tarjeta de residencia de la persona “a cargo”. Dicho importe será, también, a fondo perdido.

Se deberá acreditar que los ingresos del solicitante de la residencia pasiva son superiores al 400 % del salario mínimo andorrano (un 100 % extra por cada persona a cargo), es decir: 66.060,96 € anuales.

¿Viviendo 90 días al año seré residente fiscal en Andorra automáticamente?

Somos conscientes de que hay empresas que afirman que esto es así «vive 90 días en Andorra y, sin importar ningún otro factor, adquiere la residencia fiscal» pero la realidad es otra bien distinta.

En efecto, aunque una persona adquiera la residencia pasiva y fije su residencia en Andorra durante 90 días esto no le convierte, automáticamente, en residente fiscal dado que, como hemos comentado muchas veces, una cosa es la residencia “administrativa” y otra es la residencia “fiscal”.

La residencia «administrativa» (como es el caso de la residencia pasiva) no es más que un permiso para residir en un país extranjero (en este caso Andorra) mientras que la residencia fiscal es el criterio que determina a qué hacienda le pagas tus impuestos.

En resumidas cuentas, si su intención es residir en Andorra 90 días y el resto del año en España (o en su país de origen) es evidente que la Hacienda de su país de origen le puede inspeccionar, en considerar que usted es residente fiscal en su jurisdicción, lo cual conlleva un riesgo brutal

Para resumir, no es equiparable la residencia fiscal y la residencia pasiva, es posible que estas coincidan pero también cabe la posibilidad de que no.

He leído que sólo hace falta invertir 400.000 € y no un global de 600.000 €, ¿es eso cierto?

No, no lo es.

La normativa andorrana en materia de inmigración es muy cambiante y, como hemos mencionado anteriormente, desde el 23 de diciembre de 2022, por lo que respecta a la residencia pasiva se aplica este nuevo importe de inversión en «activos andorranos», con las especificidades mencionadas en los apartados anteriores así que, si estás interesado, tienes que acogerte a los nuevos requisitos fijados recientemente.

Me interesa, ¿cómo doy el primer paso?

A la vista de lo expuesto, supongo que tendrás muchas dudas sobre la eventual viabilidad de tu residencia pasiva en Andorra y si esta se adecúa a lo que estás buscando o no, te comento nuestra forma de trabajar:

Siempre recomendamos agendar una sesión de consultoría, con carácter previo a cualquier comunicación que exija un estudio pormenorizado por nuestra parte, para analizar las implicaciones que te puede suponer un cambio residencia dado que hay muchos factores a considerar.

La mencionada sesión es, personalmente, con José Sansa, abogado y economista con diez años de experiencia en Andorra, que pondrá sus conocimientos a tu disposición para poder evaluar la conveniencia o no de tu traslado, teniendo en cuenta el conjunto de factores que marca la normativa que en esta materia es muy cambiante, motivo por el cual seguramente encuentres en internet información contradictoria.

Sinceramente, consideramos que la consultoría es el servicio que necesitas para una primera aproximación y poder contar con toda la información necesaria y tomar una decisión fundada respecto al «tema Andorra», sea en un sentido o en otro.

Además, si te decidieras a contratar nuestros servicios, el importe de la mencionada sesión se deduce del total de nuestros honorarios, por lo que no supondría un coste extra para ti.

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